Sala de Prensa
01/02/2016
EAJ-PNV destaca las mejoras que se introducirán en la ILP sobre la inclusión de cláusulas sociales en la contratación pública
Esta mañana la Ponencia que estudia las enmiendas a esta proposición de ley ha concluido sus trabajos con un documento básico, respaldado por jeltzales y socialistas, que regulará el cumplimiento de la normativa laboral y establecerá un régimen específico para la subrogación y subcontratación en materia de contratación pública.
Dos años después de que la Iniciativa Legislativa Popular (ILP) para la inclusión de cláusulas sociales en las contrataciones del sector público entrara en el Parlamento, esta mañana la Ponencia que la analiza ha finalizado sus trabajos. Y lo ha hecho, tal y como ha manifestado el parlamentario jeltzale Norberto Aldaiturriaga, con un texto que “desde el respeto a la legislación básica, tratará de mejorar las condiciones laborales de los trabajadores y de las empresas contratistas introduciendo en los pliegos consideraciones de tipo social”.
El documento, que será respaldado por EAJ-PNV y PSE-EE, reconoce que a pesar de que Euskadi no tiene la competencia exclusiva para legislar en materia de contratación laboral, sí se pueden incorporan “unas disposiciones mínimas obligatorias para que los órganos de contratación del Sector Público Vasco (Gobierno Vasco, Diputaciones, Ayuntamientos y los entes y sociedades de ellos dependientes) se atengan a ellas”.
El acuerdo al que han llegado jeltzales y socialistas marca los criterios generales sobre el cumplimiento de la legislación laboral y diseña un régimen específico para la subrogación y las condiciones laborales. Desde ese marco general, ha señalado Aldaiturriaga, “se da autonomía a los órganos de contratación para que puedan profundizar en la naturaleza de las contrataciones y establecer unas cláusulas más específicas”. Así, y entre otras cuestiones, en los procedimientos de contratación los licitadores estarán obligados a indicar el Convenio Colectivo que será de aplicación. Ese Convenio deberá ser respetado a lo largo de toda la ejecución del contrato. En lo referente a la subrogación, “las Administraciones deberán facilitar a los licitadores, en el propio pliego, la información sobre las condiciones de los contratos de los trabajadores a los que afecte la subrogación. Además, deberá incorporarse la advertencia de que esa contratación se encuentra sometida a la subrogación de los contratos de trabajo de todos los trabajadores que, a pesar de pertenecer a otra empresa, vengan realizando la actividad objeto del contrato quedando el nuevo empresario subrogado”.
La norma incluye también un régimen sancionador por incumplimientos que puede ir desde la imposición de multas, la prohibición de contratar de los empresarios o la extinción del contrato.
El dictamen será aprobado en Comisión en un plazo aproximado de dos semanas. Después se elevará a Pleno.
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