Sala de Prensa
13/10/2021
EAJ-PNV refuerza con sus enmiendas la imparcialidad, el consenso y la paridad en la renovación del TVCP
La modificación de ley que se tramita en el Parlamento incorporará las propuestas jeltzales para que las y los miembros sean elegidos con el voto de las tres quintas partes de la Cámara y se respete la igualdad de mujeres y hombres. “Aumentamos la pluralidad en la representación exigiendo consensos más amplios entre las diferentes fuerzas políticas”, ha defendido Itxaso Berrojalbiz
La reforma de la ley que regula el régimen y funcionamiento del Tribunal Vasco de Cuentas públicas, que data de 1988, encara sus últimos pasos con la aprobación hoy en Comisión del informe de la Ponencia encargada de su estudio. Informe que cuenta con el aval de EAJ-PNV, PSE-EE y PP, y que será elevado a Pleno para su aprobación definitiva en las próximas semanas.
La reforma, impulsada por EH Bildu y PP+C´s, ha sido aprovechada por los jeltzales, tal y como ha argumentado Itxaso Berrojalbiz, para “aumentar las garantías” en cuanto a la pluralidad en la representación de los miembros, requiriendo para su elección consensos más fuertes entre las diferentes fuerzas con representación en la Cámara. Así, la propuesta recoge que las y los miembros de este órgano deberán obtener el voto favorable de las tres quintas partes del Parlamento Vasco, frente a la mayoría absoluta de hoy en día, y deberán acreditar una experiencia profesional de al menos doce años, dos más que en la actualidad. Los mandatos tendrán una duración de seis años, pero se fija un límite: sólo podrán renovarlos por un mandato.
Berrojalbiz ha destacado también los avances conseguidos en materia de igualdad de derechos y oportunidades de mujeres y hombres, un aspecto no mencionado ni previsto en el actual marco legislativo; así, el nuevo texto introducirá la necesidad de una designación equilibrada de mujeres y hombres. “Se trata de asumir como prioridad y principio rector, también en este Tribunal, la igualdad de género. Todas las instituciones deben dar pasos firmes en esa dirección”, ha dicho la representante jeltzale.
En lo que se refiere a las causas de incompatibilidad de las y los miembros del Tribunal, a las ya recogidas en la Ley del 88, incorporamos nuevas como son mandamientos representativos de elección popular, cualquier cargo político de libre designación o funciones directivas en asociación o fundación que tenga que rendir cuentas ante el TVCP. Además, mientras sus integrantes se encuentren en activo no podrán desempeñar otros cargos públicos, y les estará prohibido actuar en representación de un partido político o sindicato.
Entre los requisitos exigidos para la elección, figura la posesión de una titulación académica superior, reconocida competencia en el ámbito funcional del Tribunal y en todos los casos, con una experiencia profesional de al menos doce años. “Hemos trabajado por la imparcialidad y la transparencia de un órgano que para nuestro grupo es vital para el correcto funcionamiento del estado de Derecho. En los años de historia de este órgano hemos tenido personas que han cumplido escrupulosamente con todos los requisitos que marca la ley, personas con dilatadas trayectorias en la gestión de fondos públicos, personas que han dado y están dando lo mejor de sí en defensa de un interés general. Ahora, con esta modificación incrementaremos la imparcialidad, transparencia y objetividad de este Tribunal”, ha concluido.
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